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Denuncie la Corrupción

¡La corrupción es un problema de todos, no se quede callado!

Central de Inversiones S.A.- CISA, como entidad pública, tiene la obligación de garantizar al Gobierno Nacional y a la ciudadanía la transparencia de sus actuaciones y el buen manejo en la administración de los bienes del Estado. Por esta razón contamos con los siguientes canales para que cualquier ciudadano pueda presentar su reporte sobre presuntos actos de corrupción: Línea Anticorrupción 01-8000-911118  y el Formulario Electrónico "Denuncie la Corrupción".

Estos son algunos casos que deben ser denunciados: contratación irregular, lavado de activos, interés ilícito en la compra y venta de inmuebles, posibles hechos de corrupción, cobro indebido de comisiones. 

No acuda a intermediarios: Los asesores comerciales contratados por Central de Inversiones S.A. están para prestarle asesoría especializada gratuita para la normalización de sus obligaciones. No pague comisiones por este servicio.

Si su asunto no se trata de presuntos actos de corrupción, por favor radicar su petición o solicitud (PQRSD) haciendo clic aquí, la cual será atendida por Servicio de Atención al Usuario.

Formulario Electrónico "Denuncie la Corrupción":

Enviando Denuncia

Diligencie completamente el formulario, todos los campos que estén marcados con asterisco (*) son obligatorios

Nota Aclaratoria

Respecto a la recepción de reportes o denuncias por posibles actos de corrupción provenientes de una persona anónima, serán gestionadas siguiendo la jurisprudencia y la legislación vigente, por lo cual deben ser consideradas como fuente de orientación en el análisis de los hechos respectivos. Cabe resaltar que no tendrán carácter probatorio debido a que la Jurisprudencia Nacional ha establecido la no exclusión absoluta del anónimo como medio de activación de la justicia penal1. Esto es importante tenerlo presente en caso de hechos que puedan, eventualmente, ser de carácter penal.

1 Sobre la no exclusión absoluta de las denuncias anónimas la Corte Constitucional ha establecido dos condiciones para que se cumpla con el requisito del fundamento: 1) Que los hechos revistan las características de una conducta sancionable, sin incurrir en elementos valorativos, y 2) medien suficientes motivos y circunstancias fácticas que indiquen la posible existencia de este. Para ampliar este asunto acudir a las Sentencia C -177 de 2005 (Denuncia en materia penal) y Sentencia 05001-23-31- 000-2013-00038-01(3352-15 Consejo de Estado, 4 de julio de 2019 (Queja anónima en materia disciplinaria).   

Documentos

Es importante que usted adjunte de forma legible y completa, todos los soportes que sustentan su petición y que nos permitan validar la información al interior de nuestra Entidad.

Nota: El nombre de archivo solo puede contener letras, números, espacios y guiones (-)al medio y (_)bajo, la cantidad de documentos no debe superar los 25Mb, solo se permiten los siguientes formatos de archivo "PDF", "ZIP", "MSG", "CSV", "XLSX", "XLS", "DOCX", "DOC", "PPTX", "PPT", "XML", "WAV", "HTML", "XPS", "JPG", "TXT", "ODT", "EML" y "GIF".

En caso de requerir relacionar más información usted cuenta con el correo electrónico [email protected]